Derecho al saneamiento

La cuestión específica del acceso al saneamiento ha quedado relegada durante mucho tiempo detrás de la del acceso al agua potable.

La concienciación sobre el saneamiento en los llamados países en desarrollo tarda en llegar

Muchos textos internacionales hacen referencia al saneamiento, pero existe un gran debate sobre su significado real. ¿Se refiere al acceso a los retretes o al tratamiento de las aguas residuales y de escorrentía?

Dependiendo del texto, los términos utilizados son saneamiento mejorado, saneamiento básico, saneamiento satisfactorio, saneamiento adecuado o saneamiento total. Esta proliferación terminológica da lugar a diversas interpretaciones, lo que dificulta la puesta en marcha de acciones concretas en el ámbito del acceso al saneamiento.

En la Cumbre de Río+20 se lograron grandes avances y se introdujo el concepto más preciso de aguas residuales. Sin embargo, el saneamiento adolece de una falta de definición clara de su contenido, lo que afecta a la aplicación de las obligaciones asociadas a este servicio esencial.

Aunque la comunidad internacional ha fijado un objetivo para los retretes, no lo ha hecho para la gestión de las aguas residuales, como ocurre en Europa. Muchos gobiernos de los llamados países en desarrollo asumen compromisos de saneamiento pensando únicamente en los residuos humanos, lo cual es esencial, pero no tienen en cuenta los residuos agrícolas e industriales.

Hoy en día, todavía estamos muy lejos de lo que debería abarcar un servicio completo de aguas residuales, es decir, la evacuación, el transporte y el tratamiento de las aguas sucias, el grado de reciclado de los residuos tratados y la posible devolución al medio natural de la parte no reciclada.

El acceso garantizado al agua potable como derecho humano fundamental se incluyó en la Declaración del Milenio en 2000, pero hasta dos años después, en la Cumbre de la Tierra de Johannesburgo en 2002, no apareció un nuevo objetivo sobre saneamiento.

Entre 2002 y 2006, los avances siguieron siendo lentos, con la excepción del norte de África. El informe de la OMS de 2006 muestra que, entre 1990 y 2006, el número de personas sin saneamiento básico sólo se redujo en 98 millones. La tasa de cobertura progresa sistemáticamente más despacio en las zonas rurales que en las urbanas. Sin embargo, en la mayoría de los llamados países en desarrollo, el éxodo hacia las ciudades, combinado con el crecimiento natural de la población urbana debido a la presión demográfica, está aumentando el número de habitantes de las ciudades sin servicio.

En 2008 se produjo un avance simbólico cuando las Naciones Unidas declararon 2008 Año Internacional del Saneamiento. Esto puso de relieve los esfuerzos realizados por varios países y puso en marcha varias iniciativas destinadas a resolver la crisis mundial del saneamiento, incluida la creación de un Grupo de Trabajo de ONU-Agua sobre Saneamiento.

La Agenda 2030 de las Naciones Unidas, adoptada en 2015, reconoció el papel central del saneamiento en el desarrollo sostenible y adoptó un Objetivo específico. La visión integrada del nuevo Programa nos permitirá comprender mejor los vínculos entre los distintos componentes del desarrollo.

El derecho al agua y al saneamiento en los llamados países en desarrollo, implacablemente apoyado por (Re)fuentes

" en 2013 se lanzó el Llamamiento a la Acción sobre Saneamiento y nos fijamos el objetivo de acabar con la defecación al aire libre para 2025. (...) "

Ban Ki Moon, Secretario General de las Naciones Unidas. Noviembre de 2015

El derecho al agua y al saneamiento en los países en desarrollo, implacablemente apoyado por (Re)sources

El 28 de julio de 2010, las Naciones Unidas reconocieron oficialmente el acceso al agua y al saneamiento como un derecho humano fundamental. Este reconocimiento se completó en septiembre de 2010 con una resolución de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Ginebra, en la que se definen los recursos que deben movilizarse, el marco jurídico y la responsabilidad de los Estados en relación con este nuevo derecho, completando así las conclusiones de Catarina de Albuquerque, experta independiente de las Naciones Unidas, sobre la necesidad de hacer del acceso al saneamiento no solo un imperativo de derechos humanos, sino un derecho humano distinto por derecho propio.

El 21 de noviembre de 2013, la resolución adoptada por consenso en la Asamblea General de las Naciones Unidas dio otra fuerte señal política a favor del derecho al agua. Ya existe un acto jurídico internacional que demuestra el reconocimiento del derecho al agua y al saneamiento a escala internacional. Ahora corresponde a los países miembros ratificarlo a su nivel.

El 17 de diciembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución que reconoce por primera vez la distinción entre el derecho al agua y el derecho al saneamiento. "El derecho humano al saneamiento debe permitir que todos, sin discriminación, tengan acceso físico y asequible a instalaciones de saneamiento, en todas las esferas de la vida, que sean seguras, higiénicas, protegidas, social y culturalmente aceptables, que preserven la intimidad y garanticen la dignidad". Aunque se trata de un paso importante en el reconocimiento de este servicio esencial, todavía es necesario reconocer el saneamiento como un sistema completo de recogida y gestión de aguas residuales, que no se limita a la instalación de retretes.

(Re)sources, que ha promovido y defendido sin descanso el derecho al agua y al saneamiento desde su creación, celebra este reconocimiento como un primer paso para aumentar la presión sobre los gobiernos.

Recomendaciones para (re)fuentes

* Los derechos al agua y al saneamiento deben ser indisociables. El reconocimiento de un derecho al agua incluye los medios para reponer el recurso. Por lo tanto, es indisociable de las preocupaciones medioambientales y climáticas a largo plazo.

* Es un derecho global -el agua y el saneamiento- en el centro del derecho a la salud, lo que implica mejorar el acceso, el uso y la eliminación.

* Si bien se ha aclarado el contenido del derecho al agua -el agua debe ser potable, accesible, disponible, asequible y suministrada sin discriminación-, el derecho al saneamiento requiere una definición precisa de lo que se entiende por "saneamiento", para que pueda tener un contenido real y convertirse en una realidad. Hay que demostrar voluntad política para proporcionar recursos financieros y participación pública a una escala que supere con creces lo que se está haciendo actualmente.